Acciones de anulación

Conocidas también como recursos de anulación, son los derechos que las instituciones comunitarias y todas las personas físicas y jurídicas tienen para reclamar contra los actos con fuerza de obligar dictados por las instituciones comunitarias, por lo que no podrán ser objeto de estas acciones las recomendaciones o dictámenes. Se trata, en definitiva, de una forma de controlar la legalidad de dichos actos. En todo caso, los recursos deberán interponerse en el plazo de dos meses.

Tratado CEE, artículo 173, conforme a la nueva redacción aprobada por el Tratado de Maastricht.


Acciones con prima      |      Acciones de estado