Acción negatoria

[DCiv] Acción por la cual el propietario de una cosa pretende obtener una declaración judicial de inexistencia de un gravamen sobre su propiedad.
Protección del dominio.

(Procedimiento Civil) Acción real por la cual el demandante sostiene que su bien inmueble no está gravado con servidumbre.

Es la que puede ejercitar el propietario para que se declare judicialmente que su cosa no está sujeta al derecho que otra persona se atribuye sobre aquélla. Aunque suele dirigirse contra el que se atribuye un derecho de servidumbre, puede utilizarse contra cualquier inquietación o intromisión en la propiedad mueble o inmueble, tenga o no la posesión el propietario reclamante y sea éste dueño único o copropietario. Si prospera la acción, el juez afirmaría la propiedad del reclamante y negaría todo derecho del demandado sobre la cosa. Por ello, la acción negatoria se denomina también acción de libertad de la propiedad.

Código civil, artículo 511.


Acción mobiliaria      |      Acción negatoria de la violación de pa