Acción de remoción de los efectos del acto

Una de las acciones derivadas de la competencia desleal. Su objeto es eliminar los efectos del acto desleal, recuperando la situación de mercado anterior a la deslealtad competitiva. La condena solicitada por el demandante es un hacer algo, a concretar en cada caso. La viabilidad de la reclamación descansa, en una parte, en la subsistencia de los efectos provocados por el acto desleal. Como en otros casos, no es preciso intencionalidad en el agente que protagoniza la deslealtad. La acción se dirige contra el autor del acto desleal o contra sus colaboradores; nunca contra el tercero propietario o poseedor de buena fe.

Ley de Competencia desleal, artículo 18.


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