Acción de rectificación

Es una de las acciones derivadas de la competencia desleal. Equivale a una modalidad de la acción de remoción de los efectos del acto desleal: se trata de remover los efectos cuando la deslealtad competitiva se ha realizado con medios de comunicación social. Por ello, la remoción se concretará en la rectificación de informaciones engañosas, incorrectas o falsas. La condena se concretará en publicar las rectificaciones correspondientes en alguna de estas formas: rectificación de una afirmación incorrecta que denigre al empresario, o publicación correctora (contrapublicidad) para remediar las secuelas de una publicidad engañosa.

Ley de Competencia desleal, artículo 18.


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