Abanderamiento

Acción y efecto de abanderar o matricular un buque, acto administrativo mediante el cual éste adquiere la nacionalidad correspondiente. Aunque suele emplearse como sinónimo de matriculación del buque, se reserva esta última expresión para el otorgamiento de matrícula al buque de construcción nacional; se habla, en cambio, de abanderamiento para referirse a la matriculación del buque construido en el extranjero e importado después a España, donde se le registra. A partir de este momento, el buque tiene la nacionalidad española, estando autorizado para enarbolar su bandera.

Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre Abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.


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