Se produce cuando un empleado de la Administración pública, en cualquiera de sus tres ramas, deja de concurrir al desempeño de sus tareas sin motivo justificado. Aun cuando el agente hubiese presentado su renuncia, no podrá dejar el cargo legítimamente antes de que la misma le sea aceptada, pues de lo contrario incurrirá en responsabilidad que puede ser de carácter disciplinario, civil o penal, o abarcar incluso los tres aspectos a la vez.
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