(Derecho Civil) Literalmente, “del no dueño”. Expresión latina que significa que se ha recibido algo de una persona que no era su propietario.
Así se denomina la transferencia de un bien, mueble o inmueble, cuando la efectúa una persona que no es su propietaria. La adquisición a non dominó en los títulos de crédito cambiarios significa que el accipiens de buena fe adquiere la propiedad del
título aun cuando su tradens no sea el propietario del mismo. Por su mecanismo se trata de una adquisición y no de una cesión:
adquisición originaria y no derivada.
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